Impuesto de circulación 2025 en Guatemala: Cuándo vence, posibles prórrogas y multas
El Congreso analiza ampliación hasta septiembre, mientras que muchos guatemaltecos esperan el Bono 14 para cumplir con esta obligación.

El pago del impuesto de circulación vence el 31 de julio de 2025, según la ley. Hasta el 15 de junio, la SAT ha recaudado el 42.74% de la meta anual. Una iniciativa en el Congreso propone ampliar el plazo hasta septiembre. (Foto, Prensa Libre: Shutterstock)
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Aunque muchos guatemaltecos esperan recibir el Bono 14 para cumplir con esta obligación. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) recuerda que el plazo vence el 31 de julio, aunque podría ampliarse por el Congreso.
De acuerdo con los registros de la SAT, el parque vehicular en Guatemala creció un 8.0% en el último año. La administración informó que, hasta el 15 de junio del 2025, ha recaudado Q524.17 millones del total previsto de un millón 228 mil 50 como parte del pago del impuesto sobre circulación de vehículos.
Esta cifra representa un 42.74% de la meta de recaudación establecida para el presente año, a mes y medio de que venza el plazo legal.
¿Cuándo vence el impuesto de circulación 2025 en Guatemala?
Según el artículo 29, literal a) del Decreto Número 70-94, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, la fecha límite para pagar el impuesto de circulación es el 31 de julio de cada año.
Este plazo aplica para todo tipo de vehículos: particulares, comerciales, motocicletas, marítimos y aéreos.
El no pago en el tiempo establecido conlleva consecuencias tributarias y financieras para los propietarios.
¿Qué pasa si no se paga el impuesto de circulación a tiempo?
Los contribuyentes que no paguen dentro del plazo incurren en la infracción de omisión de pago de tributos, y se les impondrá una multa equivalente al 100% del impuesto omitido, además del cálculo de intereses moratorios.
Sin embargo, la SAT establece que, si el pago se realiza de forma voluntaria y sin requerimiento de la Administración Tributaria, el contribuyente tiene derecho a una reducción del 75% en la multa.
¿Hasta cuándo tiene vigencia la tarjeta de circulación 2024?
La tarjeta de circulación 2024 será válida hasta el 31 de julio del 2025.
A partir del 1 de agosto, la SAT podrá imponer sanciones a quienes no hayan cumplido con el pago del impuesto correspondiente y no cuenten con la tarjeta actualizada.
Aunque desde el 19 de diciembre del 2024 entraron en vigor las reformas a la Ley de Tránsito, que eliminaron la obligación de imprimir la tarjeta de circulación, esta debe presentarse, de forma física o digital, durante operativos realizados por las Policías Municipales de Tránsito (PMT).
¿Habrá prórroga para el pago del impuesto de circulación 2025?
El 26 de mayo de 2025, un grupo de siete diputados de distintas bancadas presentó una iniciativa de ley en el Congreso de la República para ampliar el plazo del pago del impuesto de circulación hasta el 30 de septiembre del 2025.
Según la Dirección de Comunicación Social del Congreso, el expediente fue trasladado el 17 de junio a la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda, que deberá emitir dictamen antes de que la propuesta regrese al Pleno del Congreso para su eventual aprobación.
Hasta el momento, no existe una prórroga oficial y el plazo vigente sigue siendo el 31 de julio del 2025.
Parque vehicular activo en Guatemala en 2025
Según cifras oficiales, el parque vehicular activo en Guatemala está compuesto por más de 6 millones de unidades, distribuidas de la siguiente manera:
- Motocicletas: 2 millones 985 mil 246
- Vehículos particulares: 2 millones 670 mil 641
- Vehículos comerciales: 391 mil 213
- Total general: 6 millones 47 mil 100
El parque vehicular en Guatemala creció un 8.0% en el último año, al pasar de 5 millones 599 mil 245 unidades registradas al 16 de julio de 2024 a 6 millones 47 mil 100 en junio del 2025.
Este incremento representa un reto creciente para la SAT en cuanto a control, fiscalización y recaudación del impuesto de circulación de vehículos.
Más allá del aspecto tributario, el aumento también genera presiones importantes sobre la movilidad vial y la infraestructura del país, como lo advierten expertos y analistas, ya que muchas carreteras y ciudades no cuentan con la capacidad necesaria para absorber tal volumen.
Esto se traduce en mayores niveles de tráfico, desgaste acelerado de las vías y un incremento en los riesgos de accidentes de tránsito.
Recomendaciones para los contribuyentes
- Realizar el pago del impuesto dentro del plazo legal para evitar sanciones.
- Conservar la tarjeta de circulación en formato digital o impreso, ya que puede ser requerida durante operativos.
- Estar atentos a los canales oficiales de la SAT y del Congreso para verificar si se aprueba o no la ampliación del plazo.
El Congreso analiza ampliación hasta septiembre, mientras que muchos guatemaltecos esperan el Bono 14 para cumplir con esta obligación.
Impuesto de circulación 2025 en Guatemala: Cuándo vence, posibles prórrogas y multas
El Congreso analiza ampliación hasta septiembre, mientras que muchos guatemaltecos esperan el Bono 14 para cumplir con esta obligación.

El pago del impuesto de circulación vence el 31 de julio de 2025, según la ley. Hasta el 15 de junio, la SAT ha recaudado el 42.74% de la meta anual. Una iniciativa en el Congreso propone ampliar el plazo hasta septiembre. (Foto, Prensa Libre: Shutterstock)
Aunque muchos guatemaltecos esperan recibir el Bono 14 para cumplir con esta obligación. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) recuerda que el plazo vence el 31 de julio, aunque podría ampliarse por el Congreso.
De acuerdo con los registros de la SAT, el parque vehicular en Guatemala creció un 8.0% en el último año. La administración informó que, hasta el 15 de junio del 2025, ha recaudado Q524.17 millones del total previsto de un millón 228 mil 50 como parte del pago del impuesto sobre circulación de vehículos.
Esta cifra representa un 42.74% de la meta de recaudación establecida para el presente año, a mes y medio de que venza el plazo legal.
¿Cuándo vence el impuesto de circulación 2025 en Guatemala?
Según el artículo 29, literal a) del Decreto Número 70-94, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, la fecha límite para pagar el impuesto de circulación es el 31 de julio de cada año.
Este plazo aplica para todo tipo de vehículos: particulares, comerciales, motocicletas, marítimos y aéreos.
El no pago en el tiempo establecido conlleva consecuencias tributarias y financieras para los propietarios.
¿Qué pasa si no se paga el impuesto de circulación a tiempo?
Los contribuyentes que no paguen dentro del plazo incurren en la infracción de omisión de pago de tributos, y se les impondrá una multa equivalente al 100% del impuesto omitido, además del cálculo de intereses moratorios.
Sin embargo, la SAT establece que, si el pago se realiza de forma voluntaria y sin requerimiento de la Administración Tributaria, el contribuyente tiene derecho a una reducción del 75% en la multa.
¿Hasta cuándo tiene vigencia la tarjeta de circulación 2024?
La tarjeta de circulación 2024 será válida hasta el 31 de julio del 2025.
A partir del 1 de agosto, la SAT podrá imponer sanciones a quienes no hayan cumplido con el pago del impuesto correspondiente y no cuenten con la tarjeta actualizada.
Aunque desde el 19 de diciembre del 2024 entraron en vigor las reformas a la Ley de Tránsito, que eliminaron la obligación de imprimir la tarjeta de circulación, esta debe presentarse, de forma física o digital, durante operativos realizados por las Policías Municipales de Tránsito (PMT).
¿Habrá prórroga para el pago del impuesto de circulación 2025?
El 26 de mayo de 2025, un grupo de siete diputados de distintas bancadas presentó una iniciativa de ley en el Congreso de la República para ampliar el plazo del pago del impuesto de circulación hasta el 30 de septiembre del 2025.
Según la Dirección de Comunicación Social del Congreso, el expediente fue trasladado el 17 de junio a la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda, que deberá emitir dictamen antes de que la propuesta regrese al Pleno del Congreso para su eventual aprobación.
Hasta el momento, no existe una prórroga oficial y el plazo vigente sigue siendo el 31 de julio del 2025.
Parque vehicular activo en Guatemala en 2025
Según cifras oficiales, el parque vehicular activo en Guatemala está compuesto por más de 6 millones de unidades, distribuidas de la siguiente manera:
- Motocicletas: 2 millones 985 mil 246
- Vehículos particulares: 2 millones 670 mil 641
- Vehículos comerciales: 391 mil 213
- Total general: 6 millones 47 mil 100
El parque vehicular en Guatemala creció un 8.0% en el último año, al pasar de 5 millones 599 mil 245 unidades registradas al 16 de julio de 2024 a 6 millones 47 mil 100 en junio del 2025.
Este incremento representa un reto creciente para la SAT en cuanto a control, fiscalización y recaudación del impuesto de circulación de vehículos.
Más allá del aspecto tributario, el aumento también genera presiones importantes sobre la movilidad vial y la infraestructura del país, como lo advierten expertos y analistas, ya que muchas carreteras y ciudades no cuentan con la capacidad necesaria para absorber tal volumen.
Esto se traduce en mayores niveles de tráfico, desgaste acelerado de las vías y un incremento en los riesgos de accidentes de tránsito.
Recomendaciones para los contribuyentes
- Realizar el pago del impuesto dentro del plazo legal para evitar sanciones.
- Conservar la tarjeta de circulación en formato digital o impreso, ya que puede ser requerida durante operativos.
- Estar atentos a los canales oficiales de la SAT y del Congreso para verificar si se aprueba o no la ampliación del plazo.
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