¿Una persona pensionada por vejez puede seguir trabajando en Guatemala sin pagar IGSS? Qué dice el reglamento de la institución

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¿Una persona pensionada por vejez puede seguir trabajando en Guatemala sin pagar IGSS? Qué dice el reglamento de la institución

Las personas jubiladas que desean seguir trabajando en el sector privado se preguntan si deben continuar pagando al IGSS. Esta es la normativa que lo regula.

pensión por vejez IGSS

Un trabajador pensionado puede continuar laborando en el sector privado en Guatemala, pero debe conocer qué cuotas del IGSS debe seguir pagando. (Foto, Prensa Libre)


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Solicitar la pensión por vejez del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) es un derecho que tienen los trabajadores afiliados al Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS), siempre que cumplan con los requisitos establecidos y presenten la documentación correspondiente. 

Este beneficio representa un respaldo económico clave para quienes han finalizado su vida laboral activa y buscan contar con un ingreso estable durante su vejez. 

Sin embargo, una de las dudas más frecuentes es si, tras obtener la pensión, el afiliado puede seguir trabajando y si es posible exonerarse del pago de las cuotas al IGSS, particularmente del programa IVS.

También puede interesarle el artículo: Historial laboral: La clave para solicitar pensión por vejez ante el IGSS.

¿Un pensionado puede volver a trabajar y no pagar IGSS? 

Según Claudia Sentes, jefa del Departamento de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia del IGSS, una persona que ya fue pensionada por vejez sí puede volver a trabajar o continuar su relación de dependencia

En estos casos, puede solicitarle a su nuevo patrono o al actual que omita el descuento del IVS en su salario, ya que esas contribuciones no se usarán para el cálculo de la pensión. 

Es decir, si el afiliado ya está pensionado, tiene derecho a que no se le continúe haciendo el descuento correspondiente al IVS. No obstante, esta exoneración no es automática: debe solicitarse expresamente al empleador

¿Qué cuota sí debe seguir pagando un pensionado por vejez? 

Sentes aclara que, aunque el pensionado no esté obligado a seguir pagando al programa IVS, sí debe continuar contribuyendo al programa de Enfermedad, Maternidad y Accidentes (EMA), siempre que esté trabajando. 

Esto se debe a que el Reglamento del IGSS establece que todos los trabajadores activos deben cotizar a EMA, incluso si ya reciben una pensión. 

Los pensionados tienen derecho al servicio de salud del IGSS, pero la ley exige que, si están laborando, deben seguir aportando al sistema de salud como cualquier otro trabajador. 

¿Qué es el programa EMA y cómo se financia? 

El Programa EMA se financia con aportes del trabajador, del empleador y del Estado. La distribución es la siguiente: 

  • Trabajador: 4.83% del salario mensual. 
  • Empleador: 10.67% del salario mensual. 
  • Estado: 3.5% sobre la base mínima de contribución. 

En total, la contribución al IGSS representa un 15.5% del salario mensual, sin contar con aportes adicionales del Estado sobre el salario base mínimo. 

¿Se puede postergar el trámite de pensión por vejez? 

Sí. De acuerdo con Sentes, el afiliado puede optar por postergar su solicitud de pensión por vejez si desea aumentar el porcentaje que recibirá mensualmente o para completar el total de cuotas requeridas. 

Esto significa que, aunque ya haya cumplido con la edad mínima (60 años), puede esperar unos años más para iniciar el trámite, buscando una pensión más favorable. 

Cabe destacar que la pensión se calcula con base en los 60 últimos salarios o contribuciones previas al inicio del trámite. 

Por eso, iniciar el proceso en un momento adecuado puede representar una diferencia significativa en el monto que recibirá mensualmente. 

¿La pensión por vejez es retroactiva? 

Sí, pero solo a partir de la fecha en la que se presenta la solicitud y no desde el momento en que se cumplió la edad requerida. 

Por ejemplo, si una persona cumple 60 años en el 2023 pero solicita la pensión a los 65 años en el 2028, la retroactividad del pago será desde el 2028, no desde el 2023. 

Esto significa que los años que pasan entre cumplir la edad y hacer la solicitud no son compensados retroactivamente, lo cual puede impactar en el total recibido si se posterga el trámite sin estar trabajando. 

Diferencias entre pensión y jubilación 

El IGSS aclara que el instituto no otorga una jubilación, sino una pensión. El término jubilación es utilizado en otros regímenes, como los del Estado o del sector privado, donde generalmente se asocia con el retiro total de la vida laboral

En cambio, una pensión por vejez del IGSS permite al beneficiario continuar trabajando si así lo desea, lo que constituye una diferencia fundamental frente a otros esquemas de retiro. 

Según el Acuerdo 1124 de Junta Directiva del IGSS, la pensión es una prestación económica mensual que se otorga al afiliado o beneficiario que ha adquirido tal derecho mediante resolución. 

Una persona pensionada por el IGSS sí puede seguir trabajando en Guatemala

Además, puede solicitar la exoneración del descuento del IVS, aunque debe seguir aportando al programa de salud (EMA) si continúa laborando en relación de dependencia. 

También tiene la opción de trabajar como independiente o como representante legal y emitir facturas, sin estar sujeto a las cuotas del IGSS por pensión.

Entender estas diferencias y conocer los derechos del afiliado puede hacer que el proceso de pensión y el retorno al trabajo se realicen de forma legal, planificada y con un mayor beneficio económico para el trabajador. 

 Las personas jubiladas que desean seguir trabajando en el sector privado se preguntan si deben continuar pagando al IGSS. Esta es la normativa que lo regula.  

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¿Una persona pensionada por vejez puede seguir trabajando en Guatemala sin pagar IGSS? Qué dice el reglamento de la institución

Las personas jubiladas que desean seguir trabajando en el sector privado se preguntan si deben continuar pagando al IGSS. Esta es la normativa que lo regula.

pensión por vejez IGSS

Un trabajador pensionado puede continuar laborando en el sector privado en Guatemala, pero debe conocer qué cuotas del IGSS debe seguir pagando. (Foto, Prensa Libre)

Solicitar la pensión por vejez del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) es un derecho que tienen los trabajadores afiliados al Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS), siempre que cumplan con los requisitos establecidos y presenten la documentación correspondiente. 

Este beneficio representa un respaldo económico clave para quienes han finalizado su vida laboral activa y buscan contar con un ingreso estable durante su vejez. 

Sin embargo, una de las dudas más frecuentes es si, tras obtener la pensión, el afiliado puede seguir trabajando y si es posible exonerarse del pago de las cuotas al IGSS, particularmente del programa IVS.

También puede interesarle el artículo: Historial laboral: La clave para solicitar pensión por vejez ante el IGSS.

¿Un pensionado puede volver a trabajar y no pagar IGSS? 

Según Claudia Sentes, jefa del Departamento de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia del IGSS, una persona que ya fue pensionada por vejez sí puede volver a trabajar o continuar su relación de dependencia

En estos casos, puede solicitarle a su nuevo patrono o al actual que omita el descuento del IVS en su salario, ya que esas contribuciones no se usarán para el cálculo de la pensión. 

Es decir, si el afiliado ya está pensionado, tiene derecho a que no se le continúe haciendo el descuento correspondiente al IVS. No obstante, esta exoneración no es automática: debe solicitarse expresamente al empleador

¿Qué cuota sí debe seguir pagando un pensionado por vejez? 

Sentes aclara que, aunque el pensionado no esté obligado a seguir pagando al programa IVS, sí debe continuar contribuyendo al programa de Enfermedad, Maternidad y Accidentes (EMA), siempre que esté trabajando. 

Esto se debe a que el Reglamento del IGSS establece que todos los trabajadores activos deben cotizar a EMA, incluso si ya reciben una pensión. 

Los pensionados tienen derecho al servicio de salud del IGSS, pero la ley exige que, si están laborando, deben seguir aportando al sistema de salud como cualquier otro trabajador. 

¿Qué es el programa EMA y cómo se financia? 

El Programa EMA se financia con aportes del trabajador, del empleador y del Estado. La distribución es la siguiente: 

  • Trabajador: 4.83% del salario mensual. 
  • Empleador: 10.67% del salario mensual. 
  • Estado: 3.5% sobre la base mínima de contribución. 

En total, la contribución al IGSS representa un 15.5% del salario mensual, sin contar con aportes adicionales del Estado sobre el salario base mínimo. 

¿Se puede postergar el trámite de pensión por vejez? 

Sí. De acuerdo con Sentes, el afiliado puede optar por postergar su solicitud de pensión por vejez si desea aumentar el porcentaje que recibirá mensualmente o para completar el total de cuotas requeridas. 

Esto significa que, aunque ya haya cumplido con la edad mínima (60 años), puede esperar unos años más para iniciar el trámite, buscando una pensión más favorable. 

Cabe destacar que la pensión se calcula con base en los 60 últimos salarios o contribuciones previas al inicio del trámite. 

Por eso, iniciar el proceso en un momento adecuado puede representar una diferencia significativa en el monto que recibirá mensualmente. 

¿La pensión por vejez es retroactiva? 

Sí, pero solo a partir de la fecha en la que se presenta la solicitud y no desde el momento en que se cumplió la edad requerida. 

Por ejemplo, si una persona cumple 60 años en el 2023 pero solicita la pensión a los 65 años en el 2028, la retroactividad del pago será desde el 2028, no desde el 2023. 

Esto significa que los años que pasan entre cumplir la edad y hacer la solicitud no son compensados retroactivamente, lo cual puede impactar en el total recibido si se posterga el trámite sin estar trabajando. 

Diferencias entre pensión y jubilación 

El IGSS aclara que el instituto no otorga una jubilación, sino una pensión. El término jubilación es utilizado en otros regímenes, como los del Estado o del sector privado, donde generalmente se asocia con el retiro total de la vida laboral

En cambio, una pensión por vejez del IGSS permite al beneficiario continuar trabajando si así lo desea, lo que constituye una diferencia fundamental frente a otros esquemas de retiro. 

Según el Acuerdo 1124 de Junta Directiva del IGSS, la pensión es una prestación económica mensual que se otorga al afiliado o beneficiario que ha adquirido tal derecho mediante resolución. 

Una persona pensionada por el IGSS sí puede seguir trabajando en Guatemala

Además, puede solicitar la exoneración del descuento del IVS, aunque debe seguir aportando al programa de salud (EMA) si continúa laborando en relación de dependencia. 

También tiene la opción de trabajar como independiente o como representante legal y emitir facturas, sin estar sujeto a las cuotas del IGSS por pensión.

Entender estas diferencias y conocer los derechos del afiliado puede hacer que el proceso de pensión y el retorno al trabajo se realicen de forma legal, planificada y con un mayor beneficio económico para el trabajador. 

ESCRITO POR:
Glenda Burrión
Periodista de Prensa Libre especializada en economía con más de 7 años de experiencia como correctora de textos y creación de contenido digital.

 Prensa Libre | Economía

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